PREVENPOL

Somos la sección de ISFES especializada en la Prevención de Riesgos Laborales para Policías, vamos un paso por delante del trabajo en oficinas y avanzamos hacia la PRL en las funciones policiales. Prevención específica para las patrullas, uso de armas, factores psicosociales, etc. Cursos de formación y jornadas profesionales. Asesoria en PRL. Peritajes en Ciencias Policiales. Defendemos a policías en sus actuaciones.
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miércoles, 21 de octubre de 2026

International Motorcycle Safe Mobility Conference

 El mayor foro global sobre movilidad segura en moto.

Los días 21 y 22 de octubre de 2026 se celebra en Zaragoza la segunda International Motorcycle Safe Mobility Conference, creada conjuntamente por la DGT (Dirección General de Tráfico) y ANESDOR (Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas) y organizada por Mobility City y la Fundación Ibercaja.
Los usuarios de motocicletas son una prioridad en la seguridad vial a escala global. En un contexto en el que la sociedad avanza hacia modelos de movilidad más seguros, sostenibles y eficientes, este encuentro adquiere un valor especialmente estratégico para impulsar avances y consensos internacionales.



martes, 6 de octubre de 2026

INSTRUCCIÓN SANC 2026/25

 INSTRUCCIÓN SANC 2026/25, interpretación sobre guantes de protección, calzado cerrado y pérdida de puntos de la nueva normativa de Tráfico en vigor desde 1 octubre 2026.



miércoles, 2 de septiembre de 2026

GUANTES DE PROTECCION POLICIAL

Guantes de protección en la Policía: un EPI que debe responder al riesgo real.

La protección de las manos constituye un elemento esencial dentro de la Prevención de Riesgos Laborales en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En la actividad policial, las manos están expuestas de forma habitual a riesgos muy diferentes: cortes, pinchazos, abrasiones, golpes, atrapamientos, contacto con sustancias químicas o biológicas, temperaturas extremas e incluso lesiones derivadas del uso de determinados equipos o herramientas durante una intervención.

La NTP 1177 del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) aborda los requisitos generales aplicables a los guantes de protección y a otros protectores de manos y brazos incluidos en el ámbito de la UNE-EN ISO 21420:2020, Guantes de protección. Requisitos generales y métodos de ensayo, norma que sustituyó a la anterior UNE-EN 420:2004+A1:2010.

NTP 1177 del INSST

Aunque la norma tiene un carácter general, sus principios resultan especialmente relevantes cuando se trasladan al trabajo policial. No todos los guantes sirven para todas las intervenciones, y la elección del guante debe partir del riesgo que se pretende controlar.

Del EPI al equipo de protección policial, EPP.

En el ámbito policial existe además una particularidad que conviene tener presente. Junto a los equipos de protección individual (EPI) utilizados frente a riesgos laborales, los agentes emplean equipos de protección policial (EPP) específicamente concebidos para determinadas situaciones operativas.

Un guante anticorte, un guante destinado a la manipulación de evidencias, un guante de protección frente a determinados productos químicos o unos guantes específicamente diseñados para una intervención policial pueden responder a necesidades diferentes y no son necesariamente intercambiables.

Desde la perspectiva preventiva, la cuestión fundamental no es únicamente si el agente dispone de guantes, sino si el guante proporcionado ofrece una protección adecuada frente al riesgo existente y permite desarrollar la intervención con seguridad y eficacia.

Esta distinción es especialmente importante porque en una intervención policial pueden coexistir riesgos laborales y riesgos operativos. Una actuación puede requerir, por ejemplo, protección frente a cortes o pinchazos y, al mismo tiempo, conservar suficiente sensibilidad y destreza manual para realizar una detención, manipular unas esposas, utilizar una emisora, manejar un arma reglamentaria o prestar asistencia a una persona.

Las manos, una zona especialmente expuesta

La elevada participación de las manos en prácticamente todas las tareas policiales convierte esta parte del cuerpo en una zona especialmente vulnerable.

Durante el servicio pueden producirse cortes, pinchazos, abrasiones, golpes, aplastamientos, quemaduras, contactos con productos químicos o exposición a agentes biológicos, entre otros riesgos.

En determinadas actuaciones existe además un riesgo particularmente relevante: el contacto con objetos o superficies que puedan presentar elementos cortantes o punzantes que el agente no puede identificar previamente. Registros, inspecciones, intervenciones con personas heridas, actuaciones en vehículos o manipulación de objetos abandonados son ejemplos en los que la protección de las manos puede adquirir una importancia decisiva.

Por este motivo, la evaluación de riesgos de los puestos policiales debe contemplar las circunstancias reales en las que se desarrolla el trabajo y no limitarse a una descripción genérica de las funciones.

Un guante no protege frente a todos los riesgos

Uno de los errores más frecuentes en materia de prevención consiste en considerar que disponer de un determinado guante equivale automáticamente a estar protegido.

La UNE-EN ISO 21420:2020 establece requisitos generales para los guantes de protección, pero no determina por sí misma el nivel de protección frente a cada riesgo específico. Para conocer las prestaciones concretas del guante es necesario acudir a las normas específicas aplicables al riesgo que se pretende controlar.

En otras palabras, un guante puede cumplir los requisitos generales y, sin embargo, no ser adecuado para una determinada intervención policial.

La selección debe responder siempre a una pregunta básica:

¿Frente a qué riesgo concreto necesitamos proteger las manos del agente?

A partir de ahí deben determinarse las prestaciones necesarias: resistencia al corte, perforación, abrasión, productos químicos, microorganismos, calor, frío u otros riesgos presentes en la actividad.

Protección y operatividad deben ir de la mano

En el trabajo policial existe además un factor que adquiere una importancia especial: la protección no puede analizarse de forma aislada de la operatividad.

Un guante excesivamente rígido, voluminoso o que reduzca significativamente la sensibilidad táctil puede dificultar determinadas tareas y generar otros riesgos. La protección debe ser compatible, en la medida de lo posible, con la movilidad, destreza y capacidad de manipulación que exige el servicio.

Por ello, la elección de un guante policial no debería basarse únicamente en su nivel máximo de protección. Deben valorarse conjuntamente el riesgo, el nivel de protección necesario, la ergonomía, la destreza, el ajuste, la comodidad, las condiciones ambientales y las características de la intervención.

En determinadas situaciones será prioritaria la resistencia frente al corte o la perforación; en otras, la protección química o biológica; y en otras puede resultar fundamental mantener la máxima capacidad de manipulación.

La protección empieza por una correcta selección

Desde la perspectiva de la PRL policial, la entrega de EPI y EPP debe formar parte de un sistema preventivo más amplio. La protección de las manos no se resuelve simplemente proporcionando un modelo de guante a toda la plantilla.

Es necesario identificar los riesgos de cada actividad, seleccionar el equipo adecuado, garantizar que el agente conoce sus características y limitaciones, establecer las condiciones de utilización y mantenerlo en condiciones que permitan conservar sus prestaciones.

Además, debe tenerse en cuenta la vida útil del equipo. Un guante deteriorado, contaminado, deformado o que haya perdido sus propiedades protectoras puede ofrecer una falsa sensación de seguridad.

En la actividad policial, donde determinados equipos pueden resultar decisivos durante una intervención, el estado de conservación del elemento de protección debe considerarse una cuestión preventiva y no únicamente de intendencia o equipamiento.

La prevención también debe llegar a la intervención policial

La aplicación de los principios de la UNE-EN ISO 21420 al ámbito policial permite introducir una idea fundamental: no basta con disponer de equipos de protección; deben ser los adecuados para el riesgo, estar correctamente seleccionados y mantenerse en condiciones de cumplir su función.

La PRL policial debe contemplar las particularidades de un trabajo en el que el agente puede pasar en cuestión de segundos de una situación rutinaria a una intervención con riesgo elevado. Esa incertidumbre hace especialmente importante que los equipos de protección estén previamente definidos, disponibles y correctamente integrados en los procedimientos de trabajo.

Porque en una intervención policial el equipo que protege al agente debe estar diseñado pensando en el riesgo real al que se enfrenta, pero también en la tarea que tiene que seguir realizando mientras se protege.

La protección eficaz no consiste en llevar más equipos, sino en llevar el equipo adecuado para el riesgo adecuado y en el momento adecuado.



lunes, 31 de agosto de 2026

¿CADUCAN LOS EPI Y LOS EPP?

¿Cuándo caduca un EPI? La vida útil de los equipos de protección individual y de los equipos de protección policial.


En prevención de riesgos laborales existe una duda bastante habitual: ¿Cuánto tiempo puede utilizarse un equipo de protección? La respuesta no siempre pasa por una fecha concreta de caducidad. Aunque algunos equipos tienen establecido por el fabricante un periodo determinado de utilización, en muchos otros la duración dependerá de sus características y, sobre todo, de las condiciones en las que hayan sido almacenados, utilizados y mantenidos.

En el ámbito policial, además, la cuestión adquiere una dimensión particular. Los agentes utilizan diariamente equipos destinados a protegerles frente a riesgos específicos de su actividad: chalecos de protección balística o anticorte, cascos, guantes de protección, gafas, protectores auditivos, equipos de protección respiratoria y otros elementos destinados a reducir las consecuencias de una agresión, un accidente o una exposición peligrosa.

Aquí conviene diferenciar entre los equipos de protección individual (EPI), sometidos a la normativa específica de prevención y a la regulación europea sobre estos productos, y los equipos de protección policial (EPP) utilizados como parte de la protección operativa del agente. En determinados casos ambas categorías coincidirán, mientras que en otros un elemento de dotación policial tendrá unas exigencias y una finalidad diferentes.

La distinción no es meramente terminológica. Determinar qué naturaleza tiene cada equipo resulta esencial para establecer sus requisitos de fabricación, comercialización, mantenimiento, inspección, sustitución y, en su caso, certificación.

La información del fabricante es la primera referencia.

El Reglamento (UE) 2016/425, relativo a los equipos de protección individual, establece las obligaciones de información que deben acompañar a los EPI comercializados en la Unión Europea.

Entre ellas se encuentra la información relativa a la vida útil del equipo. Cuando las prestaciones del EPI puedan verse afectadas de manera significativa por el envejecimiento, el fabricante debe establecer las indicaciones necesarias para conocer su duración y, cuando proceda, identificar el equipo mediante la fecha de fabricación y/o la fecha de caducidad.

Por tanto, no existe una regla general que permita afirmar que todos los EPI deben sustituirse después de un determinado número de años. La duración debe determinarse atendiendo a las especificaciones del fabricante para cada producto concreto.

Cuando el fabricante no pueda establecer de forma precisa cuánto tiempo conservará el equipo sus prestaciones, debe proporcionar en el folleto informativo los datos necesarios para determinar un periodo de utilización razonable, teniendo en cuenta factores como las condiciones de almacenamiento, utilización, limpieza, revisión y mantenimiento.

En Policía, la antigüedad del equipo puede ser especialmente relevante.

Los equipos utilizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden estar sometidos a condiciones de trabajo considerablemente más exigentes que las habituales en otros sectores.

Un chaleco de protección puede utilizarse durante jornadas prolongadas, sufrir flexiones y deformaciones, estar expuesto al sudor y a la humedad y ser almacenado o transportado de forma repetida. Un casco puede recibir impactos o sufrir caídas. Unos guantes pueden estar sometidos a abrasión, cortes, contaminación y limpieza frecuente.

Estas circunstancias pueden influir directamente en las prestaciones del equipo.

En un entorno policial no debería darse por supuesto que un elemento de protección continúa siendo adecuado simplemente porque externamente conserve un aspecto aceptable. Los materiales y componentes internos pueden sufrir procesos de deterioro que no siempre resultan evidentes durante una inspección visual.

Por esta razón, las instrucciones del fabricante adquieren una importancia especial. Deben determinarse las condiciones de almacenamiento, limpieza, mantenimiento, inspección y sustitución, así como las circunstancias que obliguen a retirar el equipo.

Chalecos de protección: un ejemplo especialmente sensible.

Los chalecos de protección constituyen probablemente uno de los ejemplos más claros de la importancia de controlar la vida útil de los equipos utilizados por los policías.

Su función es proteger zonas vitales del cuerpo frente a determinadas amenazas y, por tanto, cualquier degradación que pueda afectar a sus prestaciones debe ser considerada con especial atención.

La protección no depende únicamente de la apariencia exterior de la funda. El estado de los materiales y elementos que proporcionan la protección resulta determinante, al igual que las condiciones de conservación y utilización.

En consecuencia, no es suficiente con comprobar que un chaleco no presenta roturas visibles. Deben conocerse las indicaciones del fabricante sobre su conservación, limpieza, inspección y periodo de utilización y respetarse las condiciones para las que fue diseñado.

Además, si el fabricante establece una fecha límite de utilización, esta debe respetarse. Una vez superado el periodo indicado, el equipo no debería continuar en servicio simplemente porque aparentemente se encuentre en buen estado.

No todo equipo policial es necesariamente un EPI.

Este punto merece especial atención en la gestión preventiva de las Policías Locales.

La denominación «equipo de protección policial» puede utilizarse de manera amplia para referirse a elementos destinados a proteger al agente durante su servicio, pero la consideración jurídica de EPI depende de que concurran los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

Un elemento de protección utilizado por un policía puede estar sometido a la normativa de EPI cuando su finalidad sea proteger al trabajador frente a uno o varios riesgos para su seguridad o salud y reúna las condiciones previstas en dicha regulación.

Por el contrario, existen equipos de dotación policial cuya finalidad, características o régimen jurídico no permiten calificarlos automáticamente como EPI.

Esta diferencia es importante porque no debería utilizarse indistintamente la normativa de EPI para cualquier elemento de dotación policial. Cada equipo debe analizarse en función de su finalidad, características y normativa aplicable.

El problema de los equipos antiguos.

En las plantillas policiales no es extraño encontrar equipos que llevan muchos años formando parte de la dotación.

La permanencia prolongada de un equipo en servicio no demuestra por sí misma que haya dejado de ser eficaz, pero tampoco garantiza que continúe ofreciendo las prestaciones originales.

Cuando un fabricante establece una vida útil determinada, el dato debe formar parte del control de la dotación. Y cuando no existe una fecha de caducidad concreta, deben aplicarse los criterios de conservación, inspección y mantenimiento establecidos para el producto.

La Administración o entidad responsable de la plantilla debe conocer qué equipos tiene en servicio, qué características poseen, cuándo fueron adquiridos o fabricados cuando este dato sea relevante, qué mantenimiento requieren y cuáles son los criterios establecidos para su sustitución.

Esto resulta especialmente importante cuando se trata de equipos cuya función es proteger frente a riesgos de consecuencias potencialmente graves.

La sustitución debe estar planificada.

En una organización policial no debería esperarse a que un equipo presente un deterioro evidente para comenzar a estudiar su sustitución.

La gestión preventiva exige establecer procedimientos que permitan detectar anticipadamente aquellos equipos que hayan alcanzado el final de su vida útil o que hayan sufrido circunstancias capaces de comprometer sus prestaciones.

En este sentido, resulta recomendable disponer de un sistema de control que permita identificar, como mínimo, el tipo de equipo, fabricante y modelo, fecha de adquisición o fabricación cuando sea relevante, periodo de utilización establecido por el fabricante, revisiones realizadas, incidencias y fecha prevista de sustitución.

La trazabilidad adquiere especial importancia cuando existen equipos de protección asignados individualmente a los agentes.

La inspección después de un incidente.

Hay además una circunstancia que en el ámbito policial merece una consideración específica: el equipo puede haber estado sometido a un incidente que afecte a sus prestaciones.

Un golpe importante, una caída, una exposición a determinadas sustancias, un corte, una contaminación o cualquier otro acontecimiento fuera de las condiciones normales de utilización puede justificar una revisión extraordinaria.

En determinados equipos de protección, la ausencia de daños visibles no permite descartar automáticamente que sus propiedades hayan podido verse afectadas.

Por eso, las instrucciones del fabricante deben establecer los criterios de actuación después de un incidente y, cuando sea necesario, determinar si el equipo debe ser retirado, inspeccionado por personal competente o sustituido.

EPI y EPP: dos conceptos que deben gestionarse correctamente.

Desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales en Policía, resulta útil mantener una visión amplia de los equipos de protección utilizados por los agentes.

Los EPI responden a una categoría definida por la normativa de prevención y por el Reglamento (UE) 2016/425, mientras que el concepto de equipos de protección policial (EPP) puede emplearse para identificar el conjunto de medios materiales destinados a proporcionar protección al agente en el desarrollo de determinadas funciones operativas.

Ambos ámbitos pueden solaparse.

Un determinado equipo policial puede ser simultáneamente un elemento de protección operativa y un EPI cuando reúna las condiciones exigidas por la normativa correspondiente. En otros casos, un equipo de dotación policial puede quedar fuera del concepto jurídico de EPI, sin que por ello deje de ser necesario establecer criterios adecuados de selección, utilización, mantenimiento y sustitución.

Esta distinción debería quedar reflejada en las evaluaciones de riesgos, procedimientos de trabajo y sistemas de gestión de la dotación policial.

La prevención no termina cuando se entrega el equipo.

Entregar un equipo al agente no significa que la obligación preventiva haya terminado.

Es necesario garantizar que el equipo seleccionado resulta adecuado para el riesgo, que el policía conoce sus características y limitaciones, que se utiliza correctamente y que existen procedimientos para su conservación, inspección y sustitución.

En equipos especialmente críticos, además, debe evitarse que la sustitución dependa exclusivamente de la percepción subjetiva del usuario. La organización debe disponer de criterios objetivos basados en las instrucciones del fabricante, las características del equipo y las condiciones reales de utilización.

La fecha importa, pero el estado del equipo también.

La antigüedad es un dato fundamental cuando el fabricante establece una vida útil o una fecha de caducidad. Pero no es el único elemento que debe considerarse.

Un equipo puede tener que retirarse antes de alcanzar ese límite si ha sufrido daños, un incidente o unas condiciones de utilización o conservación que hayan podido comprometer sus prestaciones.

Y, a la inversa, que un equipo no tenga una fecha de caducidad expresamente marcada no significa que pueda mantenerse indefinidamente en servicio.

En Policía, donde determinados equipos constituyen literalmente la última barrera de protección del agente frente a una agresión o un accidente, la gestión de su vida útil debería formar parte de la planificación preventiva de la organización.

La protección no consiste únicamente en disponer de un equipo. Consiste en garantizar que, cuando llegue el momento de utilizarlo, siga siendo capaz de proporcionar la protección para la que fue diseñado.




viernes, 7 de agosto de 2026

viernes, 19 de junio de 2026

Nueva obra colectiva sobre PRL presentada en COGRASOVA

El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Valencia acogió la presentación de una nueva obra colectiva en materia de prevención de riesgos laborales, dirigida por Ignacio Rosat y Carlos Alfonso Mellado, y publicada por Tirant lo Blanch.

La obra reúne a profesionales de distintos ámbitos vinculados con la seguridad y salud en el trabajo, el Derecho del Trabajo, la medicina del trabajo, la inspección laboral, la universidad, la administración pública y el ejercicio profesional. Un enfoque plural que permite abordar la prevención de riesgos laborales desde una perspectiva práctica, jurídica, técnica y aplicada.

En el libro participan, entre otros autores, Manuel Alegre Nueno, Fernando Ballester Laguna, Inés Borja Navarro, Federico Estardid Colom, Palmira Ferrer Marugán, Guillermo Gil Ballester, Javier Molina Vega, Antonio Moreno Martínez, Cayetano Núñez González, Juan Ramón Rivera Sánchez, Nancy Sirvent Hernández, Pilar Sureda Martínez y Juan José Agún González.

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lunes, 11 de mayo de 2026

¿Se puede obligar a confinar a pacientes biopeligrosos en España?

Artículo de Alejandro López, policía y Técnico Superior de PRL.

​Como persona con formación jurídica, Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (PRL), en tres especialidades y con formación especializada en defensa NRBQ, la situación del crucero MV Hondius y su llegada a Tenerife representa el escenario de "tormenta perfecta" donde la libertad individual choca frontalmente con la seguridad colectiva.

​A continuación, analizo los pilares técnicos y legales que sustentan la gestión de esta crisis:

​1. El Marco Jurídico: La Restricción de Derechos Fundamentales

​Desde la perspectiva del Derecho, el confinamiento forzoso es una privación de libertad por motivos de salud pública.

​Fundamento Legal: herramienta clave es la Ley Orgánica 3/1986. Esta norma faculta a las autoridades sanitarias para adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando existan razones sanitarias de urgencia.

​El Control Judicial: subrayo que el Ejecutivo no tiene "cheque en blanco" ni para confinar ni para proteger el libre tránsito de estos sujetos biopeligrosos. Cualquier aislamiento obligatorio de los ciudadanos españoles procedentes del crucero debe ser ratificado por un Juez de lo Contencioso-Administrativo en un plazo máximo de 24 horas. El juez, con el auxilio de forenses, virólogos, veterinarios e incluso militares, evaluará la proporcionalidad: ¿Es el Hantavirus una amenaza lo suficientemente grave para justificar el encierro? La respuesta técnica es sí.

​2. Protocolo NRBQ: Contención y Descontaminación

​En la doctrina NRBQ (Nuclear, Radiológico, Biológico y Químico), un brote de Hantavirus se gestiona bajo protocolos de Nivel de Bioseguridad 3 (tuberculosis, COVID-19 en determinadas fases de investigación, virus del Nilo Occidental, SARS clásico), o 4 (ébola virus de Marburgo o variantes altamente peligrosas de virus hemorrágicos), dependiendo del riesgo de transmisión persona-persona (infrecuente pero posible en cepas como la Andes donde al parecer en su momento una fiesta gunga-gunga es el primer indicio de transmisión entre humanos [lo último sin referencias contrastadas]).

​■ Zonificación de Seguridad: Es imperativo establecer perímetros de exclusión en el puerto de Granadilla.

​▪️︎ Zona Caliente (Roja): El buque y la pasarela de desembarco. Solo personal con EPIs de máxima protección.

​▪️︎ Zona de Transición (Amarilla): Estación de descontaminación de personal y trajes (biocidas específicos).

​▪️︎ Zona Fría (Verde): Área de mando y logística.

​■ Traslado Crítico: Los pacientes o sospechosos deben ser movilizados en unidades de biocontención (cápsulas de presión negativa) hacia el Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla en Madrid, que cuenta con la infraestructura NRBQ necesaria para el aislamiento de alto nivel.

3. Prevención de Riesgos Laborales (PRL): La Seguridad del Personal

​Desde la óptica de la PRL, el mayor riesgo no es solo el virus, sino el fallo en el procedimiento de los trabajadores involucrados (estibadores, sanitarios, fuerzas de seguridad). Recordemos a la negligente auxiliar de clínica de la crisis del Ébola.

​■ Evaluación del Riesgo Biológico: El Hantavirus se transmite principalmente por aerosolización de excretas de roedores. En un crucero, aeroplano, incluso cualquier espacio de trabajo o vivienda, los sistemas de ventilación pueden ser vectores críticos.

​■ Equipos de Protección Individual (EPI): El personal de contacto debe utilizar obligatoriamente:

​▪️︎ Trajes estancos tipo 3-B o 4-B.

​▪️︎ Protección respiratoria autónoma o filtros P3 / FFP3.

​▪️︎ Protocolos de desvestido estrictos, que es donde ocurre el 90% de las exposiciones accidentales.

​

Conclusión Técnica

​Nuestro ordenamiento jurídico permite —y obliga— al confinamiento de estos ciudadanos si existe un riesgo de salud pública. No obstante, la eficacia de esta medida no depende solo de la orden judicial, sino de la estricta observancia de los protocolos de bioseguridad y la formación en NRBQ de quienes gestionan el desembarco en Tenerife. La prevención no es una opción, es un imperativo legal y técnico para evitar que el puerto se convierta en un foco de propagación. Estamos ante una zoonosis sin vacuna o tratamiento eficaz conocido.


Santa Cruz de Tenerife, 8 de mayo de 2026 - posible zona cero de la enésima crisis provocada por Pedro Sánchez

miércoles, 4 de marzo de 2026

Compañeros/as tóxicos/as: un riesgo psicosocial con impacto dentro y fuera de la plantilla



En toda organización existen perfiles diversos: colaboradores comprometidos, líderes inspiradores… y también aquellos compañeros que, lejos de sumar, restan. Hablar de los compañeros tóxicos no es señalar personas, sino describir conductas que erosionan el clima laboral, afectan la salud mental y, en última instancia, impactan directamente en la productividad de la empresa.


Como técnico investigador de Prevención de Riesgos Laborales, sostengo que uno de los errores más frecuentes en las organizaciones es minimizar el impacto de los riesgos psicosociales. No todo riesgo se detecta con un sonómetro o una evaluación ergonómica. Algunos se manifiestan en forma de queja constante, confrontación permanente, envidia, descrédito o presión hacia hábitos poco saludables. Y sus efectos no terminan al cerrar la puerta de la oficina, del almacén, de la fábrica.


Hay quienes han hecho de la queja un estilo de vida. La protesta constante es su identidad. Nada está bien: el proyecto, el cliente, el jefe, la estrategia, el horario, el café. La crítica constructiva es necesaria y saludable; la protesta permanente, en cambio, es contagiosa. Cuando la negatividad se convierte en rutina, el ambiente se vuelve denso, la motivación decae y el entusiasmo por innovar desaparece.


Pero, ¿quiénes son los trabajadores tóxicos? Agarraos que vienen curvas: el quejoso crónico; el gandul; el confrontador permanente; el envidioso desestabilizador; el manipulador; el irresponsable contagioso; el cínico destructivo; el generador de rumores; el líder tóxico; el promotor de hábitos nocivos fuera del trabajo.


Estos perfiles no buscan mejorar procesos, sino validar su inconformidad, su esterilidad, su pobreza personal. Y en ese ejercicio constante de desacreditación, minan la confianza colectiva y bloquean cualquier intento de avance.


Existen también quienes convierten cada decisión en un enfrentamiento. Tienen el conflicto como deporte diario. Cuestionar es sano; desafiar por sistema, no. La confrontación permanente genera tensión, desgaste emocional y una cultura de defensa en lugar de colaboración.


Trabajar en un entorno donde todo es batalla produce ansiedad, hiperalerta y miedo a equivocarse. A largo plazo, esto no solo afecta el bienestar individual, sino que inhibe la creatividad y ralentiza la toma de decisiones.


Otro rasgo común es la envidia y que disfrazan como crítica. Se manifiesta en comentarios sutiles, comparaciones constantes o intentos de minimizar los logros ajenos. En lugar de celebrar el éxito de un compañero, lo cuestionan o lo ridiculizan.


Este tipo de actitud rompe la cohesión del equipo. Cuando los logros dejan de ser compartidos y pasan a ser motivo de sospecha, el clima laboral se fragmenta y la colaboración se sustituye por competencia tóxica.


El problema no siempre termina al salir del trabajo, tenemos que hablar de las “malas influencias” fuera de la oficina. Estos si que son un enemigo a batir. Hay compañeros y compañeras que buscan arrastrar a otros a dinámicas poco saludables: excesos constantes, promiscuidad patológica, hábitos nocivos, o comportamientos que afectan el rendimiento. Bajo la apariencia de camaradería, pueden promover estilos de vida que impactan la energía, la claridad mental y la responsabilidad profesional.


Cada persona es responsable de sus decisiones, pero el entorno influye. Y cuando esa influencia se orienta hacia el deterioro personal, las consecuencias terminan reflejándose en el desempeño laboral y en su familia o pareja.


La exposición continua a este tipo de conductas tiene efectos reales: estrés crónico, agotamiento emocional, pérdida de motivación y disminución del compromiso. El talento no suele huir de las empresas; huye de los entornos tóxicos y también destruye familias. 


Cuando el clima laboral deteriora el descanso, la paciencia y la estabilidad emocional, la familia también sufre las consecuencias. La prevención no puede ignorar que el trabajador es una persona integral, no un recurso aislado. Os sorprendería leer clínicas que por motivos que se me escapan desconozco la imposibilidad del facultativo para reflejar: "reactivo laboral"


Además, la negatividad constante consume tiempo y energía que podrían invertirse en innovación, aprendizaje o mejora de procesos. La empresa paga un precio silencioso: baja productividad, rotación de personal y deterioro de la cultura organizacional.


La literatura científica respalda esta preocupación. Un estudio clásico de Christine L. Porath y Christine M. Pearson, publicado en la Academy of Management, demostró que la exposición a comportamientos incívicos en el trabajo reduce significativamente la concentración, la motivación y la productividad, además de aumentar la probabilidad de errores.


Asimismo, investigaciones sobre el modelo Demanda-Control-Apoyo Social de Robert Karasek evidencian que entornos con bajo apoyo social y alta tensión relacional incrementan el riesgo de problemas cardiovasculares, ansiedad y depresión. 


Desde la prevención, estos datos no son teoría: se traducen en bajas laborales, rotación de personal y deterioro del clima organizacional.


España atraviesa actualmente un momento delicado en términos de salud mental. Diversos informes epidemiológicos señalan que alrededor del 34 % de la población declara tener problemas de salud mental, una cifra que está por encima del promedio de países comparables.


Este deterioro se explica por múltiples factores: estrés elevado en la vida cotidiana —emocional, económico y social— aislamiento, inseguridad laboral, sobrecarga de responsabilidades familiares y la propia angustia asociada a la incertidumbre global. Todo ello se traduce en más consultas por malestar psicológico y mayor demanda de atención.


Un reflejo claro de esta situación es el elevado consumo de psicofármacos en España. Hoy en día, millones de personas toman ansiolíticos, antidepresivos o hipnóticos de forma habitual: las cifras disponibles muestran que en torno a 4,5 millones utilizan ansiolíticos y casi 4,6 millones antidepresivos a diario, con incrementos importantes en la última década. Estas cifras sitúan a España entre los países de Europa con mayor consumo de este tipo de fármacos, lo que sugiere que la medicalización de problemas psíquicos es un fenómeno extendido.


Este contexto general debe hacernos preguntar seriamente: ¿Qué estamos haciendo como sociedad para atender el origen del malestar? ¿Estamos medicalizando sufrimiento que nace también de entornos laborales y relacionales tóxicos?


El empleador tiene la obligación legal y ética de evaluar e intervenir ante riesgos psicosociales. La inacción frente a conductas reiteradamente dañinas no es neutralidad: es permisividad.


Sin embargo, cuando la empresa no actúa, el trabajador no puede permanecer indefinidamente expuesto.


Personalmente, si yo fuera gerente o jefe de personal de una empresa, no me temblaría el pulso al adoptar medidas disciplinarias, o incluso proceder al despido, ante un “tumor” con esta sintomatología. No solo debe primar el beneficio de la empresa; como persona, también tengo la responsabilidad de velar por el bienestar colectivo.


Desfilando, que es gerundio…


Desde la prevención, la salud es prioritaria.


Si la organización no adopta medidas, es necesario aplicar autoprotección:


1° Ser tajante. No normalizar la falta de respeto ni la negatividad constante.


2° Practicar la asertividad. Comunicar de forma clara qué conductas no se van a tolerar.


3° Establecer límites firmes. Reducir la interacción a lo estrictamente profesional.


4° Cortar de raíz la exposición innecesaria. Si la salud se está viendo afectada, valorar seriamente el cambio de entorno.


Puede parecer una decisión drástica, pero en prevención aprendemos una máxima clara: el riesgo que no se controla, ese "tumor" que citaba antes, se elimina. Y si no puede eliminarse desde la organización, debe eliminarse desde la decisión personal.


Cuando el estrés laboral empieza a afectar tu descanso, tu carácter y la estabilidad de tu familia, ya no estamos ante un simple conflicto interpersonal: estamos ante un problema de salud.


Y la salud —propia y familiar— no es negociable.


AUTOR: ALEJANDRO LÓPEZ CALVIÑO

POLICÍA LOCAL

Técnico Superior (tres especialidades) y perito judicial en PRL.

Experto en Seguridad Vial. Investigador de Incendios y Explosiones.




lunes, 23 de febrero de 2026

SEGURIDAD VIAL LABORAL

 Os enlazamos un interesante artículo de PREVENCIONAR sobre la conducción de vehículos como parte de la PRL. En la noticia se linkea la Guía de consejo sanitario en seguridad vial laboral establece un modelo metodológico claro que puede integrarse directamente en la práctica preventiva. 

                                         FOTO DEL AUTOR MEDIANTE IA

LEER ARTÍCULO AQUÍ

viernes, 21 de noviembre de 2025

ARTÍCULO PREVENCIONAR RIESGO PSICOSOCIAL

 Enlazamos el artículo publicado en PREVENCIONAR y que pinchando AQUÍ  podréis leer en su totalidad:

Vigilancia de la salud individual por exposición a factores de riesgo psicosocial.

Autores: Javier López, Ángel Uría y Santiago Campa (Bridgestone Hispania Manufacturing S.L., Basauri) e Inés Barrado (Psicóloga Autónoma)

En el V Congreso Internacional Prevencionar, celebrado en Madrid los días 24, 25 y 26 de septiembre de 2025, se presentó el trabajo “Vigilancia de la salud individual por exposición a factores de riesgo psicosocial”, desarrollado por el equipo de Bridgestone Hispania Manufacturing S.L. en colaboración con la psicóloga Inés Barrado.

El estudio parte de la constatación de que las alteraciones mentales representan la segunda causa de días laborales perdidos en la organización. Ante esta realidad, el servicio médico de empresa incorporó en los reconocimientos médicos el Test de Salud Total (TST) como herramienta de cribado inicial. De los 478 trabajadores evaluados, un 17% mostró signos de afectación, y a este grupo se le administró el cuestionario PSICOV23, instrumento que permite valorar de forma detallada el estado psicosocial, físico y mental de los trabajadores.

Los resultados indican que el 53% de los casos positivos se perciben expuestos a riesgos psicosociales, un 20% manifiesta afectación en su salud física y un 35% en la salud mental. Con estos datos, la compañía ha puesto en marcha el programa “Tu Salud”, una iniciativa integral de promoción y vigilancia de la salud que combina intervención individualizada, establecimiento de objetivos personales y acciones colectivas de sensibilización y formación impartidas por profesionales de diversas disciplinas.

El programa prevé la reevaluación anual de los trabajadores mediante los mismos cuestionarios para valorar su evolución y el impacto de las medidas implantadas. Este enfoque constituye un ejemplo de gestión preventiva avanzada, donde la vigilancia de la salud trasciende la detección médica para convertirse en una herramienta activa de bienestar organizacional y salud emocional.

lunes, 10 de noviembre de 2025

ARTÍCULO DE PREVENCIONAR SOBRE BOMBEROS FORESTALES

Enlazamos el artículo publicado en PREVENCIONAR y que pinchando AQUÍ  podréis leer en su totalidad:

Percepción de la operatividad en bomberos forestales terrestres: entre la eficacia y el riesgo.

Autor: Jaime Andrés Senabre Pastor (Dpto. I+D de SINIF. Psicólogo y Jefe de Unidad de Bomberos Forestales)

En el V Congreso Internacional Prevencionar, celebrado en Madrid los días 24, 25 y 26 de septiembre de 2025, se presentó el trabajo “Percepción de la operatividad en bomberos forestales terrestres: entre la eficacia y el riesgo”, realizado por Jaime Andrés Senabre Pastor, psicólogo y jefe de unidad en el Sistema Nacional de Intervención en Incendios Forestales (SINIF).

El estudio analiza cómo influye la dotación de personal por turno en la percepción de eficacia, seguridad y operatividad de las unidades terrestres de bomberos forestales. A través de una muestra de 474 participantes —profesionales de emergencias y ciudadanía general—, se aplicó el cuestionario COESO (Cuestionario Breve de Operatividad, Eficacia, Seguridad y Optimización de Equipos), diseñado para identificar umbrales mínimos y óptimos de funcionamiento operativo.

Los resultados revelan que la operatividad percibida disminuye drásticamente cuando las unidades trabajan con menos de cinco efectivos, estableciéndose dicho número como mínimo funcional seguro, mientras que la dotación óptima se sitúa en torno a siete efectivos (un jefe y tres binomios). Esta estructura garantiza mayor cobertura táctica, capacidad de rotación y sostenibilidad operativa.

El estudio también identifica una disonancia estructural entre los estándares percibidos como seguros y la práctica real en algunos dispositivos, donde aún operan unidades infradotadas. Esta brecha genera riesgos tanto físicos como psicosociales, afectando la seguridad, la motivación y la cohesión de los equipos.

El trabajo concluye destacando la importancia de integrar criterios técnicos y percepciones profesionales en la planificación de recursos humanos y la gestión preventiva, posicionando el modelo de dotación mínima y óptima como referencia para la mejora de la seguridad y la eficacia en los servicios de emergencias forestales.


viernes, 25 de julio de 2025

DESCONECTAR EN VACACIONES

Desconectar en vacaciones no es un lujo: es una necesidad preventiva.

Según datos del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), los sectores con mayor carga mental y riesgo de burnout son aquellos relacionados con la gestión de personas, el cuidado y la prevención. Y es que cuidar a los demás sin pausas es el camino más directo al agotamiento.

Interesante artículo de PREVENCIONAR que podéis leer aquí 



miércoles, 2 de abril de 2025

TRAGEDIA BOMBEROS DE ALCORCÓN

 Desde ISFES, y esta su sección de PREVENPOL, queremos trasladar nuestras condolencias a familiares, compañeros y conocidos. En ISFES conocemos la labor que se hace desde la PRL del Ayto. de Alcorcón y su profesionalidad en esta materia con Policía Local y Bomberos. Nuestro más sincero pésame.




domingo, 23 de marzo de 2025

NUEVO CASO DE SUICIDIO DE UN POLICÍA

 Informa @Predepol - Zero Suicidio Policial de un nuevo caso de suicidio de un policía. Mes aciago el de marzo de 2025. D. E. P.



martes, 28 de enero de 2025

CAMPAÑA DE SEGURIDAD VIAL DE LA DGT

La DGT ha comenzado una nueva campaña de seguridad vial, y debemos recordar que la seguridad vial también es parte de la PRL, especialmente en el ámbito policial. La campaña resalta que:

Las piezas muestran a diferentes conductores al volante, cantando la conocida canción “Sola otra vez” y conduciendo como si estuvieran solos en la carretera, para luego ver que la realidad del ecosistema de la circulación dista mucho de esa soledad. La campaña podrá verse y escucharse hasta el 12 de abril en televisiones, radios, medios impresos, soportes digitales, redes sociales, cine y exteriores.

La nueva campaña de divulgación de la DGT se centra en recordar que la seguridad vial es una responsabilidad colectiva.


                                  LINK A CAMPAÑA





miércoles, 22 de enero de 2025

NUEVO CASO DE AUTÓLISIS

 Informa JUPOL en su cuenta de X de un nuevo caso de suicidio de un miembro de las FF.CC. de Seguridad. D. E. P.



lunes, 20 de enero de 2025

RECARGO DE PRESTACIONES, STS nº1241/2024

Os dejo un interesante artículo sobre la Culpa no temeraria y omisión de medidas de seguridad en el recargo de prestaciones según Sentencia del Tribunal Supremo.

PINCHA AQUÍ PARA LEER NOTICIA

miércoles, 15 de enero de 2025

APOYO EMOCIONAL

 

Si necesitas apoyo emocional para ti o para un familiar por conducta suicida, pide ayuda: éstos son los teléfonos de asistencia y asociaciones que la ofrecen por toda España PINCHA AQUÍ 

Fuente elmundo.es