¿Cuándo caduca un EPI? La vida útil de los equipos de protección individual y de los equipos de protección policial.
En prevención de riesgos laborales existe una duda bastante habitual: ¿Cuánto tiempo puede utilizarse un equipo de protección? La respuesta no siempre pasa por una fecha concreta de caducidad. Aunque algunos equipos tienen establecido por el fabricante un periodo determinado de utilización, en muchos otros la duración dependerá de sus características y, sobre todo, de las condiciones en las que hayan sido almacenados, utilizados y mantenidos.
En el ámbito policial, además, la cuestión adquiere una dimensión particular. Los agentes utilizan diariamente equipos destinados a protegerles frente a riesgos específicos de su actividad: chalecos de protección balística o anticorte, cascos, guantes de protección, gafas, protectores auditivos, equipos de protección respiratoria y otros elementos destinados a reducir las consecuencias de una agresión, un accidente o una exposición peligrosa.
Aquí conviene diferenciar entre los equipos de protección individual (EPI), sometidos a la normativa específica de prevención y a la regulación europea sobre estos productos, y los equipos de protección policial (EPP) utilizados como parte de la protección operativa del agente. En determinados casos ambas categorías coincidirán, mientras que en otros un elemento de dotación policial tendrá unas exigencias y una finalidad diferentes.
La distinción no es meramente terminológica. Determinar qué naturaleza tiene cada equipo resulta esencial para establecer sus requisitos de fabricación, comercialización, mantenimiento, inspección, sustitución y, en su caso, certificación.
La información del fabricante es la primera referencia.
El Reglamento (UE) 2016/425, relativo a los equipos de protección individual, establece las obligaciones de información que deben acompañar a los EPI comercializados en la Unión Europea.
Entre ellas se encuentra la información relativa a la vida útil del equipo. Cuando las prestaciones del EPI puedan verse afectadas de manera significativa por el envejecimiento, el fabricante debe establecer las indicaciones necesarias para conocer su duración y, cuando proceda, identificar el equipo mediante la fecha de fabricación y/o la fecha de caducidad.
Por tanto, no existe una regla general que permita afirmar que todos los EPI deben sustituirse después de un determinado número de años. La duración debe determinarse atendiendo a las especificaciones del fabricante para cada producto concreto.
Cuando el fabricante no pueda establecer de forma precisa cuánto tiempo conservará el equipo sus prestaciones, debe proporcionar en el folleto informativo los datos necesarios para determinar un periodo de utilización razonable, teniendo en cuenta factores como las condiciones de almacenamiento, utilización, limpieza, revisión y mantenimiento.
En Policía, la antigüedad del equipo puede ser especialmente relevante.
Los equipos utilizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden estar sometidos a condiciones de trabajo considerablemente más exigentes que las habituales en otros sectores.
Un chaleco de protección puede utilizarse durante jornadas prolongadas, sufrir flexiones y deformaciones, estar expuesto al sudor y a la humedad y ser almacenado o transportado de forma repetida. Un casco puede recibir impactos o sufrir caídas. Unos guantes pueden estar sometidos a abrasión, cortes, contaminación y limpieza frecuente.
Estas circunstancias pueden influir directamente en las prestaciones del equipo.
En un entorno policial no debería darse por supuesto que un elemento de protección continúa siendo adecuado simplemente porque externamente conserve un aspecto aceptable. Los materiales y componentes internos pueden sufrir procesos de deterioro que no siempre resultan evidentes durante una inspección visual.
Por esta razón, las instrucciones del fabricante adquieren una importancia especial. Deben determinarse las condiciones de almacenamiento, limpieza, mantenimiento, inspección y sustitución, así como las circunstancias que obliguen a retirar el equipo.
Chalecos de protección: un ejemplo especialmente sensible.
Los chalecos de protección constituyen probablemente uno de los ejemplos más claros de la importancia de controlar la vida útil de los equipos utilizados por los policías.
Su función es proteger zonas vitales del cuerpo frente a determinadas amenazas y, por tanto, cualquier degradación que pueda afectar a sus prestaciones debe ser considerada con especial atención.
La protección no depende únicamente de la apariencia exterior de la funda. El estado de los materiales y elementos que proporcionan la protección resulta determinante, al igual que las condiciones de conservación y utilización.
En consecuencia, no es suficiente con comprobar que un chaleco no presenta roturas visibles. Deben conocerse las indicaciones del fabricante sobre su conservación, limpieza, inspección y periodo de utilización y respetarse las condiciones para las que fue diseñado.
Además, si el fabricante establece una fecha límite de utilización, esta debe respetarse. Una vez superado el periodo indicado, el equipo no debería continuar en servicio simplemente porque aparentemente se encuentre en buen estado.
No todo equipo policial es necesariamente un EPI.
Este punto merece especial atención en la gestión preventiva de las Policías Locales.
La denominación «equipo de protección policial» puede utilizarse de manera amplia para referirse a elementos destinados a proteger al agente durante su servicio, pero la consideración jurídica de EPI depende de que concurran los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Un elemento de protección utilizado por un policía puede estar sometido a la normativa de EPI cuando su finalidad sea proteger al trabajador frente a uno o varios riesgos para su seguridad o salud y reúna las condiciones previstas en dicha regulación.
Por el contrario, existen equipos de dotación policial cuya finalidad, características o régimen jurídico no permiten calificarlos automáticamente como EPI.
Esta diferencia es importante porque no debería utilizarse indistintamente la normativa de EPI para cualquier elemento de dotación policial. Cada equipo debe analizarse en función de su finalidad, características y normativa aplicable.
El problema de los equipos antiguos.
En las plantillas policiales no es extraño encontrar equipos que llevan muchos años formando parte de la dotación.
La permanencia prolongada de un equipo en servicio no demuestra por sí misma que haya dejado de ser eficaz, pero tampoco garantiza que continúe ofreciendo las prestaciones originales.
Cuando un fabricante establece una vida útil determinada, el dato debe formar parte del control de la dotación. Y cuando no existe una fecha de caducidad concreta, deben aplicarse los criterios de conservación, inspección y mantenimiento establecidos para el producto.
La Administración o entidad responsable de la plantilla debe conocer qué equipos tiene en servicio, qué características poseen, cuándo fueron adquiridos o fabricados cuando este dato sea relevante, qué mantenimiento requieren y cuáles son los criterios establecidos para su sustitución.
Esto resulta especialmente importante cuando se trata de equipos cuya función es proteger frente a riesgos de consecuencias potencialmente graves.
La sustitución debe estar planificada.
En una organización policial no debería esperarse a que un equipo presente un deterioro evidente para comenzar a estudiar su sustitución.
La gestión preventiva exige establecer procedimientos que permitan detectar anticipadamente aquellos equipos que hayan alcanzado el final de su vida útil o que hayan sufrido circunstancias capaces de comprometer sus prestaciones.
En este sentido, resulta recomendable disponer de un sistema de control que permita identificar, como mínimo, el tipo de equipo, fabricante y modelo, fecha de adquisición o fabricación cuando sea relevante, periodo de utilización establecido por el fabricante, revisiones realizadas, incidencias y fecha prevista de sustitución.
La trazabilidad adquiere especial importancia cuando existen equipos de protección asignados individualmente a los agentes.
La inspección después de un incidente.
Hay además una circunstancia que en el ámbito policial merece una consideración específica: el equipo puede haber estado sometido a un incidente que afecte a sus prestaciones.
Un golpe importante, una caída, una exposición a determinadas sustancias, un corte, una contaminación o cualquier otro acontecimiento fuera de las condiciones normales de utilización puede justificar una revisión extraordinaria.
En determinados equipos de protección, la ausencia de daños visibles no permite descartar automáticamente que sus propiedades hayan podido verse afectadas.
Por eso, las instrucciones del fabricante deben establecer los criterios de actuación después de un incidente y, cuando sea necesario, determinar si el equipo debe ser retirado, inspeccionado por personal competente o sustituido.
EPI y EPP: dos conceptos que deben gestionarse correctamente.
Desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales en Policía, resulta útil mantener una visión amplia de los equipos de protección utilizados por los agentes.
Los EPI responden a una categoría definida por la normativa de prevención y por el Reglamento (UE) 2016/425, mientras que el concepto de equipos de protección policial (EPP) puede emplearse para identificar el conjunto de medios materiales destinados a proporcionar protección al agente en el desarrollo de determinadas funciones operativas.
Ambos ámbitos pueden solaparse.
Un determinado equipo policial puede ser simultáneamente un elemento de protección operativa y un EPI cuando reúna las condiciones exigidas por la normativa correspondiente. En otros casos, un equipo de dotación policial puede quedar fuera del concepto jurídico de EPI, sin que por ello deje de ser necesario establecer criterios adecuados de selección, utilización, mantenimiento y sustitución.
Esta distinción debería quedar reflejada en las evaluaciones de riesgos, procedimientos de trabajo y sistemas de gestión de la dotación policial.
La prevención no termina cuando se entrega el equipo.
Entregar un equipo al agente no significa que la obligación preventiva haya terminado.
Es necesario garantizar que el equipo seleccionado resulta adecuado para el riesgo, que el policía conoce sus características y limitaciones, que se utiliza correctamente y que existen procedimientos para su conservación, inspección y sustitución.
En equipos especialmente críticos, además, debe evitarse que la sustitución dependa exclusivamente de la percepción subjetiva del usuario. La organización debe disponer de criterios objetivos basados en las instrucciones del fabricante, las características del equipo y las condiciones reales de utilización.
La fecha importa, pero el estado del equipo también.
La antigüedad es un dato fundamental cuando el fabricante establece una vida útil o una fecha de caducidad. Pero no es el único elemento que debe considerarse.
Un equipo puede tener que retirarse antes de alcanzar ese límite si ha sufrido daños, un incidente o unas condiciones de utilización o conservación que hayan podido comprometer sus prestaciones.
Y, a la inversa, que un equipo no tenga una fecha de caducidad expresamente marcada no significa que pueda mantenerse indefinidamente en servicio.
En Policía, donde determinados equipos constituyen literalmente la última barrera de protección del agente frente a una agresión o un accidente, la gestión de su vida útil debería formar parte de la planificación preventiva de la organización.
La protección no consiste únicamente en disponer de un equipo. Consiste en garantizar que, cuando llegue el momento de utilizarlo, siga siendo capaz de proporcionar la protección para la que fue diseñado.

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