LA VUELTA A CLASE: CURSOS ISFES SEPTIEMBRE
PREVENPOL
miércoles, 2 de septiembre de 2026
LA VUELTA A CLASE: CURSOS ISFES SEPTIEMBRE
LA VUELTA A CLASE: CURSOS ISFES SEPTIEMBRE
GUANTES DE PROTECCION POLICIAL
Guantes de protección en la Policía: un EPI que debe responder al riesgo real.
La protección de las manos constituye un elemento esencial dentro de la Prevención de Riesgos Laborales en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En la actividad policial, las manos están expuestas de forma habitual a riesgos muy diferentes: cortes, pinchazos, abrasiones, golpes, atrapamientos, contacto con sustancias químicas o biológicas, temperaturas extremas e incluso lesiones derivadas del uso de determinados equipos o herramientas durante una intervención.
La NTP 1177 del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) aborda los requisitos generales aplicables a los guantes de protección y a otros protectores de manos y brazos incluidos en el ámbito de la UNE-EN ISO 21420:2020, Guantes de protección. Requisitos generales y métodos de ensayo, norma que sustituyó a la anterior UNE-EN 420:2004+A1:2010.
Aunque la norma tiene un carácter general, sus principios resultan especialmente relevantes cuando se trasladan al trabajo policial. No todos los guantes sirven para todas las intervenciones, y la elección del guante debe partir del riesgo que se pretende controlar.
Del EPI al equipo de protección policial, EPP.
En el ámbito policial existe además una particularidad que conviene tener presente. Junto a los equipos de protección individual (EPI) utilizados frente a riesgos laborales, los agentes emplean equipos de protección policial (EPP) específicamente concebidos para determinadas situaciones operativas.
Un guante anticorte, un guante destinado a la manipulación de evidencias, un guante de protección frente a determinados productos químicos o unos guantes específicamente diseñados para una intervención policial pueden responder a necesidades diferentes y no son necesariamente intercambiables.
Desde la perspectiva preventiva, la cuestión fundamental no es únicamente si el agente dispone de guantes, sino si el guante proporcionado ofrece una protección adecuada frente al riesgo existente y permite desarrollar la intervención con seguridad y eficacia.
Esta distinción es especialmente importante porque en una intervención policial pueden coexistir riesgos laborales y riesgos operativos. Una actuación puede requerir, por ejemplo, protección frente a cortes o pinchazos y, al mismo tiempo, conservar suficiente sensibilidad y destreza manual para realizar una detención, manipular unas esposas, utilizar una emisora, manejar un arma reglamentaria o prestar asistencia a una persona.
Las manos, una zona especialmente expuesta
La elevada participación de las manos en prácticamente todas las tareas policiales convierte esta parte del cuerpo en una zona especialmente vulnerable.
Durante el servicio pueden producirse cortes, pinchazos, abrasiones, golpes, aplastamientos, quemaduras, contactos con productos químicos o exposición a agentes biológicos, entre otros riesgos.
En determinadas actuaciones existe además un riesgo particularmente relevante: el contacto con objetos o superficies que puedan presentar elementos cortantes o punzantes que el agente no puede identificar previamente. Registros, inspecciones, intervenciones con personas heridas, actuaciones en vehículos o manipulación de objetos abandonados son ejemplos en los que la protección de las manos puede adquirir una importancia decisiva.
Por este motivo, la evaluación de riesgos de los puestos policiales debe contemplar las circunstancias reales en las que se desarrolla el trabajo y no limitarse a una descripción genérica de las funciones.
Un guante no protege frente a todos los riesgos
Uno de los errores más frecuentes en materia de prevención consiste en considerar que disponer de un determinado guante equivale automáticamente a estar protegido.
La UNE-EN ISO 21420:2020 establece requisitos generales para los guantes de protección, pero no determina por sí misma el nivel de protección frente a cada riesgo específico. Para conocer las prestaciones concretas del guante es necesario acudir a las normas específicas aplicables al riesgo que se pretende controlar.
En otras palabras, un guante puede cumplir los requisitos generales y, sin embargo, no ser adecuado para una determinada intervención policial.
La selección debe responder siempre a una pregunta básica:
¿Frente a qué riesgo concreto necesitamos proteger las manos del agente?
A partir de ahí deben determinarse las prestaciones necesarias: resistencia al corte, perforación, abrasión, productos químicos, microorganismos, calor, frío u otros riesgos presentes en la actividad.
Protección y operatividad deben ir de la mano
En el trabajo policial existe además un factor que adquiere una importancia especial: la protección no puede analizarse de forma aislada de la operatividad.
Un guante excesivamente rígido, voluminoso o que reduzca significativamente la sensibilidad táctil puede dificultar determinadas tareas y generar otros riesgos. La protección debe ser compatible, en la medida de lo posible, con la movilidad, destreza y capacidad de manipulación que exige el servicio.
Por ello, la elección de un guante policial no debería basarse únicamente en su nivel máximo de protección. Deben valorarse conjuntamente el riesgo, el nivel de protección necesario, la ergonomía, la destreza, el ajuste, la comodidad, las condiciones ambientales y las características de la intervención.
En determinadas situaciones será prioritaria la resistencia frente al corte o la perforación; en otras, la protección química o biológica; y en otras puede resultar fundamental mantener la máxima capacidad de manipulación.
La protección empieza por una correcta selección
Desde la perspectiva de la PRL policial, la entrega de EPI y EPP debe formar parte de un sistema preventivo más amplio. La protección de las manos no se resuelve simplemente proporcionando un modelo de guante a toda la plantilla.
Es necesario identificar los riesgos de cada actividad, seleccionar el equipo adecuado, garantizar que el agente conoce sus características y limitaciones, establecer las condiciones de utilización y mantenerlo en condiciones que permitan conservar sus prestaciones.
Además, debe tenerse en cuenta la vida útil del equipo. Un guante deteriorado, contaminado, deformado o que haya perdido sus propiedades protectoras puede ofrecer una falsa sensación de seguridad.
En la actividad policial, donde determinados equipos pueden resultar decisivos durante una intervención, el estado de conservación del elemento de protección debe considerarse una cuestión preventiva y no únicamente de intendencia o equipamiento.
La prevención también debe llegar a la intervención policial
La aplicación de los principios de la UNE-EN ISO 21420 al ámbito policial permite introducir una idea fundamental: no basta con disponer de equipos de protección; deben ser los adecuados para el riesgo, estar correctamente seleccionados y mantenerse en condiciones de cumplir su función.
La PRL policial debe contemplar las particularidades de un trabajo en el que el agente puede pasar en cuestión de segundos de una situación rutinaria a una intervención con riesgo elevado. Esa incertidumbre hace especialmente importante que los equipos de protección estén previamente definidos, disponibles y correctamente integrados en los procedimientos de trabajo.
Porque en una intervención policial el equipo que protege al agente debe estar diseñado pensando en el riesgo real al que se enfrenta, pero también en la tarea que tiene que seguir realizando mientras se protege.
La protección eficaz no consiste en llevar más equipos, sino en llevar el equipo adecuado para el riesgo adecuado y en el momento adecuado.
lunes, 31 de agosto de 2026
¿CADUCAN LOS EPI Y LOS EPP?
¿Cuándo caduca un EPI? La vida útil de los equipos de protección individual y de los equipos de protección policial.
En prevención de riesgos laborales existe una duda bastante habitual: ¿Cuánto tiempo puede utilizarse un equipo de protección? La respuesta no siempre pasa por una fecha concreta de caducidad. Aunque algunos equipos tienen establecido por el fabricante un periodo determinado de utilización, en muchos otros la duración dependerá de sus características y, sobre todo, de las condiciones en las que hayan sido almacenados, utilizados y mantenidos.
En el ámbito policial, además, la cuestión adquiere una dimensión particular. Los agentes utilizan diariamente equipos destinados a protegerles frente a riesgos específicos de su actividad: chalecos de protección balística o anticorte, cascos, guantes de protección, gafas, protectores auditivos, equipos de protección respiratoria y otros elementos destinados a reducir las consecuencias de una agresión, un accidente o una exposición peligrosa.
Aquí conviene diferenciar entre los equipos de protección individual (EPI), sometidos a la normativa específica de prevención y a la regulación europea sobre estos productos, y los equipos de protección policial (EPP) utilizados como parte de la protección operativa del agente. En determinados casos ambas categorías coincidirán, mientras que en otros un elemento de dotación policial tendrá unas exigencias y una finalidad diferentes.
La distinción no es meramente terminológica. Determinar qué naturaleza tiene cada equipo resulta esencial para establecer sus requisitos de fabricación, comercialización, mantenimiento, inspección, sustitución y, en su caso, certificación.
La información del fabricante es la primera referencia.
El Reglamento (UE) 2016/425, relativo a los equipos de protección individual, establece las obligaciones de información que deben acompañar a los EPI comercializados en la Unión Europea.
Entre ellas se encuentra la información relativa a la vida útil del equipo. Cuando las prestaciones del EPI puedan verse afectadas de manera significativa por el envejecimiento, el fabricante debe establecer las indicaciones necesarias para conocer su duración y, cuando proceda, identificar el equipo mediante la fecha de fabricación y/o la fecha de caducidad.
Por tanto, no existe una regla general que permita afirmar que todos los EPI deben sustituirse después de un determinado número de años. La duración debe determinarse atendiendo a las especificaciones del fabricante para cada producto concreto.
Cuando el fabricante no pueda establecer de forma precisa cuánto tiempo conservará el equipo sus prestaciones, debe proporcionar en el folleto informativo los datos necesarios para determinar un periodo de utilización razonable, teniendo en cuenta factores como las condiciones de almacenamiento, utilización, limpieza, revisión y mantenimiento.
En Policía, la antigüedad del equipo puede ser especialmente relevante.
Los equipos utilizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden estar sometidos a condiciones de trabajo considerablemente más exigentes que las habituales en otros sectores.
Un chaleco de protección puede utilizarse durante jornadas prolongadas, sufrir flexiones y deformaciones, estar expuesto al sudor y a la humedad y ser almacenado o transportado de forma repetida. Un casco puede recibir impactos o sufrir caídas. Unos guantes pueden estar sometidos a abrasión, cortes, contaminación y limpieza frecuente.
Estas circunstancias pueden influir directamente en las prestaciones del equipo.
En un entorno policial no debería darse por supuesto que un elemento de protección continúa siendo adecuado simplemente porque externamente conserve un aspecto aceptable. Los materiales y componentes internos pueden sufrir procesos de deterioro que no siempre resultan evidentes durante una inspección visual.
Por esta razón, las instrucciones del fabricante adquieren una importancia especial. Deben determinarse las condiciones de almacenamiento, limpieza, mantenimiento, inspección y sustitución, así como las circunstancias que obliguen a retirar el equipo.
Chalecos de protección: un ejemplo especialmente sensible.
Los chalecos de protección constituyen probablemente uno de los ejemplos más claros de la importancia de controlar la vida útil de los equipos utilizados por los policías.
Su función es proteger zonas vitales del cuerpo frente a determinadas amenazas y, por tanto, cualquier degradación que pueda afectar a sus prestaciones debe ser considerada con especial atención.
La protección no depende únicamente de la apariencia exterior de la funda. El estado de los materiales y elementos que proporcionan la protección resulta determinante, al igual que las condiciones de conservación y utilización.
En consecuencia, no es suficiente con comprobar que un chaleco no presenta roturas visibles. Deben conocerse las indicaciones del fabricante sobre su conservación, limpieza, inspección y periodo de utilización y respetarse las condiciones para las que fue diseñado.
Además, si el fabricante establece una fecha límite de utilización, esta debe respetarse. Una vez superado el periodo indicado, el equipo no debería continuar en servicio simplemente porque aparentemente se encuentre en buen estado.
No todo equipo policial es necesariamente un EPI.
Este punto merece especial atención en la gestión preventiva de las Policías Locales.
La denominación «equipo de protección policial» puede utilizarse de manera amplia para referirse a elementos destinados a proteger al agente durante su servicio, pero la consideración jurídica de EPI depende de que concurran los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Un elemento de protección utilizado por un policía puede estar sometido a la normativa de EPI cuando su finalidad sea proteger al trabajador frente a uno o varios riesgos para su seguridad o salud y reúna las condiciones previstas en dicha regulación.
Por el contrario, existen equipos de dotación policial cuya finalidad, características o régimen jurídico no permiten calificarlos automáticamente como EPI.
Esta diferencia es importante porque no debería utilizarse indistintamente la normativa de EPI para cualquier elemento de dotación policial. Cada equipo debe analizarse en función de su finalidad, características y normativa aplicable.
El problema de los equipos antiguos.
En las plantillas policiales no es extraño encontrar equipos que llevan muchos años formando parte de la dotación.
La permanencia prolongada de un equipo en servicio no demuestra por sí misma que haya dejado de ser eficaz, pero tampoco garantiza que continúe ofreciendo las prestaciones originales.
Cuando un fabricante establece una vida útil determinada, el dato debe formar parte del control de la dotación. Y cuando no existe una fecha de caducidad concreta, deben aplicarse los criterios de conservación, inspección y mantenimiento establecidos para el producto.
La Administración o entidad responsable de la plantilla debe conocer qué equipos tiene en servicio, qué características poseen, cuándo fueron adquiridos o fabricados cuando este dato sea relevante, qué mantenimiento requieren y cuáles son los criterios establecidos para su sustitución.
Esto resulta especialmente importante cuando se trata de equipos cuya función es proteger frente a riesgos de consecuencias potencialmente graves.
La sustitución debe estar planificada.
En una organización policial no debería esperarse a que un equipo presente un deterioro evidente para comenzar a estudiar su sustitución.
La gestión preventiva exige establecer procedimientos que permitan detectar anticipadamente aquellos equipos que hayan alcanzado el final de su vida útil o que hayan sufrido circunstancias capaces de comprometer sus prestaciones.
En este sentido, resulta recomendable disponer de un sistema de control que permita identificar, como mínimo, el tipo de equipo, fabricante y modelo, fecha de adquisición o fabricación cuando sea relevante, periodo de utilización establecido por el fabricante, revisiones realizadas, incidencias y fecha prevista de sustitución.
La trazabilidad adquiere especial importancia cuando existen equipos de protección asignados individualmente a los agentes.
La inspección después de un incidente.
Hay además una circunstancia que en el ámbito policial merece una consideración específica: el equipo puede haber estado sometido a un incidente que afecte a sus prestaciones.
Un golpe importante, una caída, una exposición a determinadas sustancias, un corte, una contaminación o cualquier otro acontecimiento fuera de las condiciones normales de utilización puede justificar una revisión extraordinaria.
En determinados equipos de protección, la ausencia de daños visibles no permite descartar automáticamente que sus propiedades hayan podido verse afectadas.
Por eso, las instrucciones del fabricante deben establecer los criterios de actuación después de un incidente y, cuando sea necesario, determinar si el equipo debe ser retirado, inspeccionado por personal competente o sustituido.
EPI y EPP: dos conceptos que deben gestionarse correctamente.
Desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales en Policía, resulta útil mantener una visión amplia de los equipos de protección utilizados por los agentes.
Los EPI responden a una categoría definida por la normativa de prevención y por el Reglamento (UE) 2016/425, mientras que el concepto de equipos de protección policial (EPP) puede emplearse para identificar el conjunto de medios materiales destinados a proporcionar protección al agente en el desarrollo de determinadas funciones operativas.
Ambos ámbitos pueden solaparse.
Un determinado equipo policial puede ser simultáneamente un elemento de protección operativa y un EPI cuando reúna las condiciones exigidas por la normativa correspondiente. En otros casos, un equipo de dotación policial puede quedar fuera del concepto jurídico de EPI, sin que por ello deje de ser necesario establecer criterios adecuados de selección, utilización, mantenimiento y sustitución.
Esta distinción debería quedar reflejada en las evaluaciones de riesgos, procedimientos de trabajo y sistemas de gestión de la dotación policial.
La prevención no termina cuando se entrega el equipo.
Entregar un equipo al agente no significa que la obligación preventiva haya terminado.
Es necesario garantizar que el equipo seleccionado resulta adecuado para el riesgo, que el policía conoce sus características y limitaciones, que se utiliza correctamente y que existen procedimientos para su conservación, inspección y sustitución.
En equipos especialmente críticos, además, debe evitarse que la sustitución dependa exclusivamente de la percepción subjetiva del usuario. La organización debe disponer de criterios objetivos basados en las instrucciones del fabricante, las características del equipo y las condiciones reales de utilización.
La fecha importa, pero el estado del equipo también.
La antigüedad es un dato fundamental cuando el fabricante establece una vida útil o una fecha de caducidad. Pero no es el único elemento que debe considerarse.
Un equipo puede tener que retirarse antes de alcanzar ese límite si ha sufrido daños, un incidente o unas condiciones de utilización o conservación que hayan podido comprometer sus prestaciones.
Y, a la inversa, que un equipo no tenga una fecha de caducidad expresamente marcada no significa que pueda mantenerse indefinidamente en servicio.
En Policía, donde determinados equipos constituyen literalmente la última barrera de protección del agente frente a una agresión o un accidente, la gestión de su vida útil debería formar parte de la planificación preventiva de la organización.
La protección no consiste únicamente en disponer de un equipo. Consiste en garantizar que, cuando llegue el momento de utilizarlo, siga siendo capaz de proporcionar la protección para la que fue diseñado.
martes, 18 de agosto de 2026
INCENDIOS, PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES EN EL ÁMBITO POLICIAL.
INCENDIOS.
RIESGOS: QUEMADURAS, ASFIXIA, LESIONES.
FACTORES DE RIESGO:
Temperaturas elevadas.
Alta densidad de vegetación.
Tormenta eléctrica.
Fuertes vientos.
Acciones imprudentes.
ACCIONES PREVENTIVAS:
Generales:
Apagar bien las cerillas y cigarrillos y en caso de que vaya en un vehículo no tirarlos por las ventanillas.
No abandonar en el lugar material de trabajo (guantes de látex, cinta de señalización, etc.) que puedan provocar o favorecer el incendio.
En incendios forestales, además:
Si observa un incendio forestal o una columna de humo dentro del monte, es importante avisar lo más rápidamente a la Central para la coordinación de medios.
MEDIDAS DE AUTOPROTECCION ANTE LOS INCENDIOS FORESTALES: Conocer el entorno y los riesgos con los que puede encontrarse ayuda a tomar medidas para evitar que éstos se produzcan. Por eso, en épocas de riesgo de incendio, para adentrarse en el monte es necesario conocer bien el terreno, las vías de comunicación y caminos alternativos y procurar caminar siempre por zonas de gran visibilidad. Es recomendable llevar cartografía y saber comunicar una posición exacta a la Central a través de medios radiotelefónicos.
En las proximidades de un incendio:
Trate de alejarse por las zonas laterales del incendio y más desprovistas de vegetación.
Recuerde que un cambio en la dirección del viento puede hacer que el fuego le rodee. Por tanto, vaya siempre en sentido contrario a la dirección del viento.
Procure no dirigirse hacia barrancos u hondonadas, ni intente escapar ladera arriba cuando el fuego ascienda por ella.
No trabaje aisladamente o por su cuenta.
Póngase en contacto con los profesionales de otros organismos responsables de la extinción (bomberos, agentes forestales, etc.), para coordinar misiones.
No arroje agua a los cables eléctricos.
Cuando un avión va a lanzar agua, debe retirarse de su trayectoria, evitando que le alcance la descarga.
Extreme todos los cuidados.
Si su lugar de trabajo está en zona de campo o en una urbanización:
Mantenga limpios de hierba o maleza los caminos de acceso al mismo, incluyendo las cunetas de los mismos.
Evite en los jardines o parcelas la acumulación de vegetación seca u otros restos que ayuden a la propagación del incendio, ejecutando las tareas de limpieza correspondientes.
Mantenga limpios los tejados de materiales combustibles (hojas, ramas, etc) y evite que las ramas dominen las edificaciones o se acerquen a menos de 3 metros de una chimenea. Lo ideal es que alrededor de cada edificio exista una faja de 10 m. de anchura en la que se elimine toda la vegetación inflamable.
En caso de incendio en la instalación actúe conforme a las medidas de emergencia presentes en la misma.
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Prevención de Riesgos Laborales en la Policía Local
Sergio Martín Rodríguez
TERREMOTOS, PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES ÁMBITO POLICIAL
Terremotos: factores de riesgo y medidas de prevención para la Policía Local.
El terremoto es un fenómeno natural que puede sorprendernos en cualquier punto de nuestra geografía. No es posible evitarlo, pero sí adoptar medidas preventivas para minimizar sus efectos y proteger tanto a los agentes como a la ciudadanía.
### Acciones preventivas ante el riesgo de terremotos
Si se vive o se trabaja en una zona de riesgo, conviene aplicar las siguientes medidas:
**En relación con la estructura del edificio**
- Revisar, controlar y reforzar aquellas partes de las edificaciones que pueden desprenderse con mayor facilidad: chimeneas, aleros o balcones.
- Comprobar el estado de las instalaciones susceptibles de romperse: tendido eléctrico, conducciones de agua, gas y saneamiento.
**En el interior de los edificios**
- Extremar las precauciones en la colocación y sujeción de objetos que puedan caer, especialmente los pesados o frágiles (estanterías, armeros, etc.).
- Cuidar especialmente la ubicación de productos tóxicos o inflamables para evitar fugas o derrames.
### Durante un terremoto
Si se produce un seísmo de cierta intensidad, concentre la atención en evitar riesgos y siga estas recomendaciones:
**Si se encuentra en el interior de un edificio**
- Busque refugio debajo de los dinteles de las puertas, de un mueble sólido (mesa o escritorio) o junto a un pilar o pared maestra.
- Manténgase alejado de ventanas, cristaleras, vitrinas, tabiques y objetos que puedan caer y golpearle.
- No utilice el ascensor: el terremoto podría provocar su desplome o dejarle atrapado.
- Emplee linternas para el alumbrado. Evite velas, cerillas o cualquier llama durante o inmediatamente después del temblor, ya que podrían originar una explosión o incendio.
**Si la sacudida le sorprende en el exterior**
- Diríjase hacia una zona abierta, alejándose de los edificios dañados. Tras un gran terremoto suelen producirse réplicas que pueden causar destrozos adicionales.
- No se acerque ni penetre en edificios dañados. El mayor peligro por caída de escombros, revestimientos o cristales se encuentra en la vertical de las fachadas.
- Si circula en vehículo, permanezca en su interior y aléjese de puentes, postes eléctricos, edificios degradados o zonas con riesgo de desprendimientos.
- Colabore con los equipos de emergencia, siga las instrucciones que reciba y actúe en el área que se le asigne.
- Evite, en la medida de lo posible, actuar de forma aislada.
Estas recomendaciones forman parte de la **Guía Técnica de Prevención de Riesgos Laborales en la Policía Local**. Aplicarlas puede marcar la diferencia en la seguridad de los agentes y de la población a la que servimos.
Guía Técnica Prevención de Riesgos Laborales en la Policía Local © DEP6351984970191250
Sergio Martín Rodríguez
viernes, 14 de agosto de 2026
La Guardia Civil denuncia a compañeros que sobrepasaron el límite de velocidad
Informa ABC: La Guardia Civil denuncia a compañeros que sobrepasaron el límite de velocidad... cuando acudían a un atraco.
La gente que cree que todo es posible en Granada tiene desde ahora otro argumento para justificarlo: guardias civiles que habían sido avisados de la presunta comisión de un delito y que se dirigían con rapidez al lugar de los hechos, se saltaron los límites de velocidad. Un radar les cazó.
viernes, 7 de agosto de 2026
Retorno al trabajo tras incapacidad médica laboral: qué es y qué no es
Enlazamos interesante artículo de PREVENCIONAR sobre la vuelta al trabajo tras una incapacidad, aplicable también para el ámbito policial:
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